La Administración de Justicia y los papeles de Pandora

emilio carrera   El pasado mes de Octubre el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) publicó una explosiva investigación bautizada como los Papeles de Pandora, en la que se ponía de manifiesto cómo líderes mundiales, personalidades y ejecutivos empresariales ocultaron 11,3 billones de dólares (9,7 billones de euros) en más de 29.000 empresas offshore –y se calcula que otro tanto, por lo menos, sigue oculto– en países o territorios con una fiscalidad favorable, una de las mayores filtraciones de datos de la historia, que revelan cómo se han estado ocultando inversiones en mansiones, propiedades en primera línea de playa, yates, vehículos de lujo y otros activos, demostrando sus  vínculos con  paraísos fiscales y un total de 336 altos ejecutivos y políticos que crearon casi 1.000 empresas ficticias, dos tercios de las cuales estaban registradas en las Islas Vírgenes Británicas y mediante un sistema de acuerdos entre Luxemburgo y 340 multinacionales -entre ellas Apple, Amazon e Ikea- para minimizar o evadir sus impuestos y miles de millones depositados en cuentas no declaradas en Ginebra . La publicación de los Papeles de Panamá en 2016 ya había  provocado investigaciones en más de 70 países por presunta evasión fiscal o blanqueo de capitales.  Y a finales de 2017, los Papeles del Paraíso, basados en 13,5 millones de documentos financieros filtrados procedentes de un bufete de abogados de Bermudas, revelaron circuitos de optimización fiscal planetaria que identificaron a relevantes personalidades   o multinacionales, mientras que en España fueron muchos los vinculados a sociedades ‘offshore’ ligadas a particulares o empresas con sedes en territorio español, sociedades sin actividad comercial y aprovechando la opacidad que les otorgan los paraísos fiscales o zonas de baja tributación y con secreto bancario para garantizar el anonimato de sus socios, su patrimonio y su actividad económica como ocurre con Andorra, las Islas Vírgenes, Bermudas, Qatar, Panamá…

     Pero más allá de la lectura morbosa, cotilla o amarillista de estos numerosos casos de corrupción fiscal y delincuencia financiera en España, lo verdaderamente escandaloso es la falta de capacidad de respuesta e investigación minuciosa de la Administración de Justicia que sigue permaneciendo impasible  en la mayoría de los casos, dentro del grado de tendenciosidad y parcialidad que viene demostrando en muchas de sus sentencias, nombramientos o procedimientos de investigación carentes de la libertad e independencia que se desprenden de la crisis permanente en que se encuentra el Consejo General del Poder Judicial –con vacíos y parálisis tan relevantes como los de la Sala Tercera de Medio Ambiente del Tribunal Supremo, entre otras inoprancias–, el Tribunal Constitucional o el Tribunal de Cuentas  con la falta de coordinación con la Agencia Tributaria o las Fuerzas de Orden Público especializadas en los delitos qie comentamos. Preocupados en exceso, eso sí, por el sensacionalismo o la discriminación de sus resoluciones que adquieren cotas superlativas en, por ejemplo, la condena de que fue objeto el diputado de Podemos, Alberto Rodriguez, despojado de su cargo en el Congreso tras una década de dilaciones y al margen del principio “in dubio pro reo” en las pruebas aportadas; o en la inoperancia de los Tribunales ante la creciente ciberdelincuencia y la necesidad urgente de prevenir o neutralizar su presencia en las relaciones sociales y comerciales.

 Todo ello, viene a demostrar, además, la ausencia de cualificación del personal adecuado para perseguir y descubrir  los delitos –incluida la estrategia más eficaz de la cooperación internacional– o la inoperancia de las fiscalías –las generales y las específicas– para actuar  de oficio, más allá de las emprendidas a instancias de parte, o cambiar de criterio en las condenas para eliminar la figura de “el delito sin delincuente”  e identificar a los responsables individuales o institucionales de los perjuicios ocasionados a la hacienda pública o a personas concretas para traducirlo en  indemnizaciones o inhabilitaciones  por prevaricación en el ejercicio de los cargos que utilizaron para dar cobertura a las  decisiones anuladas por los tribunales,  Fenómeno –”el delito sin delincuente”– del que en Cantabria hay numerosos ejemplos en las centenares de sentencias de viviendas, promociones inmobiliarias u obras públicas ilegales con impactos ambientales o  técnicos inasumibles cuyo coste económico –el original o el reparador a los afectados– ha acabado recayendo a las espaldas de todos los ciudadanos, mientras sus autores siguen libres e, incluso, desempeñando los cargos públicos que tomaron las decisiones anuladas.

Emilio Carrera. Miembro de Ecologistas en Acción. Apartado 37. 39500-Cabezon de la Sal. E-mail: cantarida@nodo50.org

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